Buzón Ético y de Buen Gobierno

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Qué es el Buzón Ético y de Buen Gobierno?

 

El buzón ético y de buen gobierno tiene el objetivo de favorecer el cumplimiento de los principios y reglas éticas y de buen gobierno y administración que deben seguir los cargos electos y el personal al servicio de los órganos y entidades municipales, como medio para fortalecer la integridad institucional.

El buzón ético és un canal de comunicación interno seguro que permite que las personas señaladas en el articulo 3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, informen de manera anónima y segura conductas desarrolladas por la administración municipal que resulten contrarias al derecho, a los principios o reglas éticas y de buen gobierno y administración que determina el marco normativo vigente, con el fin de que la gestión municipal se desarrolle con un respeto total a los valores de calidad democrática y de buena administración en un contexto de mejora contínua en la calidad de los servicios públicos.

El buzón ético y de buen gobierno permite comunicar cualquier  vulneración de las normas de comportamiento previstas en el código ético y de conducta del Ayuntamiento de Sant Joan Despí por parte de sus destinatarios.

Es necesario aportar pruebas de las conductas o mala praxis que se comuniquen y atender lo que recoge el Reglamento de funcionamiento del Buzón Ético y de Buen Gobierno que se pueden consultar en esta misma página.

Para que NO debemos utilizar el Buzón Ético y de Buen Gobierno?

El buzón ético no és un instrumento para el ejercicio del derecho de petición, ni tampoco debe utilizarse para hacer consultas, sugerencias o propuestas o comunicar incidencias. Para hacerlo, existen otros instrumentos como la sede electrónica municipal para la tramitación de quejas, propuestas y sugerencias, o solicitudes de información pública, o la aplicación SJDNet para la comunicación de incidencias en la vía pública, entre otros.

Canal externo de información

Si no formas parte de los colectivos a los que hace referencia la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, informen de manera anónima y segura conductas desarrolladas por la administración municipal, puedes dirigir cualquier información al canal externo a que hace referencia la mencionada Ley que, en el caso de Catalunya es la Oficina Antifraude de Catalunya.