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Vehículos de movilidad personal
¿Qué es un vehículo de movilidad personal (VMP)?
Se consideran vehículos de movilidad personal las ruedas, plataformas y patinetes eléctricos pequeños y ligeros
Capacidad máxima:
- Solo puede ir una persona en el vehículo
Puedes circular:
- Preferentemente debe circular por las vías ciclables: carriles bici en calzada (máximo a 25 km/h) y carriles bici en acera (máximo a 15 km/h)
- Por calles de plataforma única (máximo a 20 km/h)
- En calzada, solo por las calles donde la velocidad máxima permitida sea de 30 km/h (zonas 30)
No puedes circular:
- Por la calzada de calles donde la velocidad máxima permitida sea superior a 30 km/h (solo pueden circular por ellas las bicicletas y ciclos de más de dos ruedas sujetos al Reglamento General de Circulación)
- Por aceras
Edad mínima:
- Los vehículos más pequeños se pueden conducir a partir de los 15 años. La edad mínima aumenta en función de las características del vehículo
Conducción responsable:
- Los peatones siempre tienen prioridad
- Circula respetando la seguridad de los otros
- Indica las paradas y los cambios de trayectoria
- No hagas acrobacias ni maniobras temerarias
- No está permitido utilizar el teléfono móvil ni auriculares
- No se puede circular bajo los efectos del alcohol o de sustancias prohibidas (es obligatorio someterse a los tests de alcoholemia y/o estupefacientes)
Elementos de seguridad:
- Es necesario llevar luces de posición delantera y trasera para poder circular en condiciones nocturnas o de baja visibilidad
- El vehículo debe disponer de sistema de freno
- Utiliza siempre timbre y casco (obligatorio según el tipo de vehículo)
Aparcamiento:
- Hay que estacionar preferentemente en los lugares específicamente destinados a esta finalidad
No se puede aparcar:
- en los árboles
- en elementos de mobiliario urbano (semáforos, bancos, contenedores, papeleras, marquesinas...) cuando se dificulte su uso o se puedan estropear
- en zonas que impidan el paso de peatones, el acceso al transporte público y el uso de espacios reservados
En caso de incumplimiento:
- Las infracciones de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Circulación de Ciclos y Vehículos de Mobilidad Personal pueden suponer sanciones