Vehículos de movilidad personal

¿Qué es un vehículo de movilidad personal (VMP)?

Se consideran vehículos de movilidad personal las ruedas, plataformas y patinetes eléctricos pequeños y ligeros

Capacidad máxima:

  • Solo puede ir una persona en el vehículo

Puedes circular:

  • Preferentemente debe circular por las vías ciclables: carriles bici en calzada (máximo a 25 km/h) y carriles bici en acera (máximo a 15 km/h)
  • Por calles de plataforma única (máximo a 20 km/h)
  • En calzada, solo por las calles donde la velocidad máxima permitida sea de 30 km/h (zonas 30)

No puedes circular:

  • Por la calzada de calles donde la velocidad máxima permitida sea superior a 30 km/h (solo pueden circular por ellas las bicicletas y ciclos de más de dos ruedas sujetos al Reglamento General de Circulación)
  • Por aceras

Edad mínima:

  • Los vehículos más pequeños se pueden conducir a partir de los 15 años. La edad mínima aumenta en función de las características del vehículo

Conducción responsable:

  • Los peatones siempre tienen prioridad
  • Circula respetando la seguridad de los otros
  • Indica las paradas y los cambios de trayectoria
  • No hagas acrobacias ni maniobras temerarias
  • No está permitido utilizar el teléfono móvil ni auriculares
  • No se puede circular bajo los efectos del alcohol o de sustancias prohibidas (es obligatorio someterse a los tests de alcoholemia y/o estupefacientes)

Elementos de seguridad:

  • Es necesario llevar luces de posición delantera y trasera para poder circular en condiciones nocturnas o de baja visibilidad
  • El vehículo debe disponer de sistema de freno
  • Utiliza siempre timbre y casco (obligatorio según el tipo de vehículo)

Aparcamiento:

  • Hay que estacionar preferentemente en los lugares específicamente destinados a esta finalidad


No se puede aparcar:

  • en los árboles
  • en elementos de mobiliario urbano (semáforos, bancos, contenedores, papeleras, marquesinas...) cuando se dificulte su uso o se puedan estropear
  • en zonas que impidan el paso de peatones, el acceso al transporte público y el uso de espacios reservados

En caso de incumplimiento:

  • Las infracciones de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Circulación de Ciclos y Vehículos de Mobilidad Personal pueden suponer sanciones