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Censo de animales de compañía

La persona propietaria de un animal de compañía (perro, gato o hurón) debe inscribirlo en el censo municipal. Previamente a la inscripción del animal en el censo, se debe haber hecho su identificación electrónica con la implantación de un microchip. Recuerde que, una vez censado, hay que informar al Ayuntamiento de cualquier modificación, sea por cambio de propiedad del animal, por cambio de residencia o por muerte.
 

¿Cómo inscribir a un perro en el censo de animales de compañía?


Se debe rellenar la solicitud de alta en el registro municipal de animales de compañía y autoliquidar la tasa correspondiente a la inscripción en el mismo, que tiene un importe de 38,00 euros.

También se deberá comunicar de la misma manera la baja del perro en el Ayuntamiento (muerte, traslado domicilio, cambio de titular, etc.)

Tramitación presencial:

Departamento de Gestión Tributaria
Camí del Mig, 9
Tel. 93 480 60 00

Documentación:

  • DNI del titular
  • Adjuntar fotocopias de (DNI + cartilla veterinaria + número de microchip)
  • Rellenar la instancia solicitando la inscripción


Plazo:

Tres meses desde el nacimiento del perro, o 30 días desde la fecha de adquisición del perro, del cambio de residencia, de la muerte del perro o de la modificación de otros datos incluidos en el censo.

Instancia genérica
 

¿Cómo inscribir a gatos y hurones en el censo de animales de compañía?


La documentación necesaria es:

Instancia solicitando el censo del gato o hurón

Adjuntar:

  • Fotocopia del DNI del titular del animal
  • Fotocopia del número de microchip del animal con los datos del veterinario
  • Fotocopia de la cartilla sanitaria del animal