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Altas al Padrón Municipal de Habitantes por cambio de municipio

Descripción

El Padrón Municipal de Habitantes es el registro administrativo en el que constan los datos de los vecinos/as. Es la prueba de residencia en un municipio en el que se tiene el domicilio habitual.

Se considera alta en el Padrón de Habitantes o alta por inmigración:

  •      La primera vez que se realiza inscripción procedente de otro municipio.
  •      En los casos de traslado de un ciudadano español desde el extranjero a nuestro municipio o extranjero procedente de otro país.

Nota: realizar un cambio de domicilio o una alta nueva en el padrón municipal de habitantes no implica el cambio de domicilio fiscal ni de su dirección en las bases de datos de otros organismos públicos.

Documentación

Es necesario aportar contrato de alquiler o la escritura en propiedad (o copia simple) a nombre de una de las personas interesadas:

Si el contrato o escritura están a nombre de otra persona (no interesada en empadronarse)

  •      Formulario autorización (1) (rellenar, imprimir y firmar) firmado por esta persona.
  •      Original o fotocopia de su DNI, pasaporte (extranjeros), o NIE (ciudadanos con permiso de residencia).
  •      Escritura en propiedad (o copia simple) o contrato de alquiler.

Si en el domicilio ya consta una persona empadronada (independientemente del vínculo)

  •      Formulario autorización (2) (rellenar, imprimir y firmar) firmado por esta persona.
  •      Original o fotocopia de su DNI, pasaporte (extranjeros), o NIE (ciudadanos con permiso de residencia).
  •      Original o fotocopia del DNI, pasaporte (extranjeros), o NIE (ciudadanos con permiso de residencia) de los interesados mayores de edad.
  •      Formulario alta padrón (3) (llenar y firmar) por los interesados mayores de edad.
  •      Original o fotocopia de la cédula de habitabilidad de la Generalidad de Cataluña en caso de viviendas de nueva construcción.

En el caso de menores de edad

  •      Original o fotocopia del libro de familia o certificado de nacimiento cuando menores de 14 años. En caso de mayores de 14 años original o fotocopia de su DNI, pasaporte (extranjeros), o NIE (ciudadanos con permiso de residencia).
  •      Documentación de representación de menores de edad cuando se empadronan con un solo progenitor/a:

En casos de separación o divorcio:

  •   Con resolución judicial que otorga Guardia y Custodia compartida donde se indica la vivienda de empadronamiento:

Documento de resolución judicial

  •   Con resolución judicial que otorga Guardia y Custodia donde NO se indica la vivienda de empadronamiento:

Declaración conjunta de domicilio de menores de edad, con firma original de ambos progenitores conforme están de acuerdo con su inscripción, acompañada de las fotocopias de los documentos de identidad de ambos y donde constan sus firmas.

  •   Con resolución judicial que otorga Guardia y Custodia en exclusiva

Declaración conjunta de domicilio de menores de edad, con firma original de ambos progenitores conforme están de acuerdo con su inscripción, acompañada de las fotocopias de los documentos de identidad de ambos y donde constan sus firmas.
Excepcionalmente, en caso de no disponer de la declaración conjunta de menores de edad:
Declaración de Responsable de progenitor (ANEXO II) de la persona titular de la Guardia y Custodia, acompañada de la fotocopia del documento de identidad.

  •   Separación de hecho o sin resolución judicial

Declaración conjunta de domicilio de menores de edad, con firma original de ambos progenitores conforme están de acuerdo con su inscripción, acompañada de las fotocopias de los documentos de identidad de ambos y donde constan sus firmas.
Excepcionalmente, en caso de no disponer de la declaración conjunta de menores de edad:
Declaración de Responsable de progenitor (ANEXO I) cuando no existe resolución judicial que se pronuncia sobre la Guardia y Custodia acompañada de la fotocopia del documento de identidad de la persona peticionaria.

 
Tramitación

La presentación de la documentación se podrá realizar:

  •  Presencialmente en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC) mediante cita previa. En ese caso el empadronamiento es inmediato. Para solicitar cita previa puede contactar de lunes a viernes de 08:30h a 14h y miércoles de 16:30h a 19h a través del teléfono 934806000.
  •  A través del trámite de instancia genérica de la Sede electrónica adjuntando toda la documentación requerida y debidamente firmada con certificado electrónico por todas las personas adultas interesadas.
  •  Por correo postal, mediante el envío de la documentación.